La cancelación de los reposos médicos a los trabajadores desde hace mucho tiempo ha generado muchas controversias con respecto a su cancelación.
En la Nueva Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Trabajadoras (LOTTT) se ha despejado una duda que se venido planteando desde hace un tiempo y sobre todo en las organizaciones donde las convenciones colectivas no contemplaban nada al respecto.
La situación planteada es: si la empresa está obligada a cancelar los tres (3) primeros días del reposo que el Seguro Social no cancela así como la diferencia que éste no cancela es decir el 33,33% de salario del trabajador reportado al seguro social.
En primer lugar es conveniente señalar que los reposos están contemplado en el artículo 72 de la ley ejusdem y en sus ordinales a y b que contemplan lo siguiente:
“La suspensión de la relación de trabajo procede en los siguientes casos:
a) La enfermedad ocupacional o accidente de trabajo que incapacite al trabajador o trabajadora para la prestación del servicio durante un período que no exceda de doce meses.
b) La enfermedad o accidente común no ocupacional que incapacite al trabajador o trabajadora para la prestación del servicio durante un período que no exceda los doce meses”.
La suspensión a la que se refiere el artículo en cuestión es el reposo, ya que quien puede diagnosticar una enfermedad sea ocupacional o común es un profesional de la medicina y es el quien puede indicar si un trabajador está en capacidad o no de trabajar.
En ese sentido el trabajador el Seguro Social de acuerdo a lo establecido en el artículo 9o de la Ley del Seguro Social establece que “Las aseguradas y asegurados tienen derecho en caso de incapacidad temporal para el trabajo debido a enfermedad, a una indemnización diaria desde el cuarto 4° día de incapacidad. La duración y atribución de las indemnizaciones diarias no podrá exceder de cincuenta y dos (52) semanas para un mismo caso”. En ese mismo orden en el artículo 11 contempla a los permisos en caso de maternidad y por adopción aspectos estos contemplados en la LOTTT.
Como deja claro en los artículo anteriormente transcritos la indemnización establecido en la ley del Seguro Social es a partir del 4° día, entonces quién cancela los tres (3) primeros días que no cancela la seguridad social.
Por otro lado el Reglamento de la General de la Ley del Seguro Social en su artículo numero 141 establece claramente: “En caso de enfermedades o accidente que le incapacite para el trabajo, el asegurado tendrá derecho desde el cuarto (4) día de incapacidad y hasta por cincuenta (52) semanas consecutivas, a una indemnización diaria equivalente a los dos tercios (2/3) del promedio diario de salario, el cual se pagará por períodos vencidos…”; como se puede constatar el seguro social cancela sólo las dos terceras partes del salario promedio del trabajador que haya sido reportado a éste; esta afirmación necesariamente obliga hacerse la pregunta, ¿entonces el trabajador quien le paga el otro tercio del salario al trabajador?, acaso el trabajador pierde ese esa porción de su salario en momentos cuando más necesita dinero para sufragar los gastos médicos?
En ese sentido en las empresas donde existe la convención colectiva empleador y trabajadores desde hace ya bastante tiempo han acordado e incluido una cláusula que de alguna manera reza lo siguiente: La empresa cancelará a los trabajadores que se encuentren en reposos bien sea por enfermedad o accidente común o natural así como por enfermedad o accidente ocupacional y en los casos de los permisos por maternidad los tres (3) primeros días que no cancela el seguro social (hoy día la seguridad social) y la diferencia que éste no cancela hasta por un numero de semanas determinadas.
De esta manera el trabajador queda protegido en los casos de las contingencias ya escritas; producto del acuerdo establecido en la convención colectiva y, vale la salvedad que en muchas empresas por política establecida para proteger a los trabajadores; y no como en muchas ocasiones hicieron creer algunos funcionarios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que era por obligación de las empresas impuesta por el seguro social.
Con la nueva LOTTT, específicamente en el artículo 73, el pago de la diferencia que no cancela el seguro social por mandato establecido en los artículo 9° y 11 de la Ley del Seguro Social y el 141 de su reglamento ha quedado establecido que quien lo debe cancelar es el empleado o empresa,
“…En los casos de los literales a) y b) del artículo anterior, el patrono o la patrona pagará al trabajador o trabajadora la diferencia entre su salario y lo que pague el ente con competencia en materia de seguridad social. En caso que el trabajador o trabajadora no se encuentre afiliado a la seguridad social por responsabilidad del patrono o de la patrona, éste o ésta pagará la totalidad del salario…”.
Lic. Jesús Agüero Sosa, MSc.
http://www.jesusaguerososa.com/?p=1083
no entiendo nada
ResponderEliminarEsta muy Claro!! Yo, lo entendi
EliminarDiferencia de salarios ma no diferencia de dias. por ende la empresa debe cargar el 33.33% q es la diferencia de salario.. pero la diferencia de dias.. (los primeros 3) no tiene aun porq pagarlos.
EliminarQuisiera saber si se paga un permiso por consulta medica, llevando el recipe al patrono?
ResponderEliminarSi, ese lo paga la mamá de tarzan!
Eliminarsi yo tengo 3 dias de reposo , el patrono me debe pagar mis dias de descaso
ResponderEliminarlos días de reposo son continuos, es decir puede coincidir con tus días de descansos que se pagan en le salario
EliminarEstoy embarazada estuve de reposo por amenazas de aborto la empresa me descontó mi sueldo xq según el seguro social me cancela lo demás. Eso es válido?
ResponderEliminarlos dias de reposo son contados desde el mismo dia que lo tomas o el dia siguiente?
ResponderEliminarCómo se puede proceder cuando un trabajador se ausenta por mútiples reposos, una enfermedad... luego otra y otra y así sucesivamente, el encargado de RRHH de la organización donde laboro indica que no se puede hacer nada porque hay inamovilidad, pero el trabajador no ha presentado más de un reposo, sólo avisa que lo está y punto. También indica que que se encuentra cansado porque trabajo jornadas constantes (aunque con pagos extras), lleva algunos meses de ausencia y todavía RRHH no procede por los motivos indicados. Agradecido Saludos.
ResponderEliminarBUEN DIA, ESA PERSONA DE RRII, NO ESTA CLARO DE LOS DERECHOS QUE TIENE EL PATRONO AUN Y CUANDO HAYA INAMOVILIDAD LABORAL EN EL ARTICULO 79 DE LOTTT ESTABLECE LOS MOTIVOS POR LA CUAL SE DEBE DESPEDIR A UN TRABAJADOR; ADEMAS LOS REPOSOS SE DEBEN PRESENTAR A LA ENTIDAD DE TRABAJO CON NO MAS DE 48 HORAS DE EXPEDIDO POR EL MEDICO, DE LO CONTRARIO SE CONSIDERA EXPTENPORANEO.
Eliminarsi me dan un reposo por 24 horas tengo que entregarlo el mismo día o tengo 48 horas después de ese día para entregarlo?
EliminarYO ESTOY D REPOSO MEDICO POR 15 DIAS POR X ENFERMEDAD CUANDO ME DIRIJI A IVSS A QUE ME CONVALIDARAN MI REPOSO ME DOY CUENTA QUE APARESCO CESANTE, PORQUE LA EMPRESA ME SACO DEL IVSS OSEA ESTOY CESANTE ... MI PREGUNTA QUIEN ME PAGA ESOA DIAS
ResponderEliminarsI LA EMPRESA TE ESTA DESCONTANDO SEGUSO SOCIAL, ES ELLA QUIEN DEBE PAGAR LOS DIAS DE REPOSO AL 100%
Eliminaruna pregunta si yo paso 3 meses de reposo justificado por el IVSS, hoy me reincorpore, y mi patrono me exige que debo pagarle esos 3 mese con trabajo gratis, en que ley me puedo soportar? Gracias
ResponderEliminaren ninguna Ley
Eliminarhola buenas tardes si algien podria aclararme una duda por favor, existe alguna ley que estipule un tiempo determinado para ser entregado el reposo a la empresa o bien ete podria ser entregado a la culminacion del reposo (reposo por tres dias )
ResponderEliminarEn la Ley de Seguridad Social, posees 3dias desde la primera falta para entregar el reposo
EliminarHOLA BUEN DIA
ResponderEliminarSI UN TRABAJADOR SUPERA LAS 52 SEMANAS DE REPOSOS SE LE PUEDE SUSPENDER EL SUELDO DEJANDOLE PARA SU DISFRUTE EL HCM Y LAS PRESTACIONES
se presta servios durantes largo tiempo en empresas claro que si se te debe pagar una consulta presentando tu recipe un permiso de paternidad y un reposos ellos se benefician de ti y nosotros gozamos de nuestros derechos tambien
ResponderEliminarEn que artículo puedo buscar sobre el pago de consulta médica por parte de la empresa gracias
EliminarEl pago de las consulas médicas, no es reonsbilidad del patrono, salvo qu este previsto en el contrato de trabajo, o se cuente con una poliza de seguro que te reembose el cost de la consula.
EliminarEstoy en Valencia Carabobo y tengo reposo por 21 dias dado por el seguro social, mi pregunta es: donde tengo que ir a llevar esto para que el seguro me pague? agradeceria pronta respuesta.
ResponderEliminarcomo sabemos si es valido el certificado medico del trabajador.? me habias dicho solo es valido el certificado medico de hospital publica o de seguro social ... los de mas no
ResponderEliminarBuenas Tardes: Si una trabajadora presenta un reposo de tres u ocho dias para cuidar a su hijo menor de un año, debo cancelar esos dias de trabajo ? y a su vez, los permisos de lactancia son por dos años o por un año?
ResponderEliminarHola que pasa cuando no se entrega el reposo a tiempo pueden descontarte el salarios por esos dias de reposo
ResponderEliminarLa prestacion de servicio por parte del trabajador, es lo que genera el derecho al pago del salario; sino se presta el servicio por razones de salud, el trabajador debe justificar esa ausencia mediante la presentación del reposo expedido por el IVSS. De no presentarlo, se puede considerar como inasistencia injustificada y puede dar lugar a solicitar la calificacion del despido
EliminarBuen día. Como seria el pago de un empleado que esta de reposo medico por mas de seis meses?
ResponderEliminarDicho empleado gozaría del beneficio de bono alimenticio?
El patrono esta obligado a pagar el 33,33% de tu salario , la diferencia la cancela el Seguro Social. El bono alimenticio deben cancelarlo
Eliminarsali de reposo por dos dias un miercoles y jueves, por problemas respiratorioos. presente mi justificativos y aun asi la empresa me desconto los dos dias justificados por un medico y me descontaron los dos dias de descanso. aun cuando alegue que debe pagarme de acuerdo al articulo 73 de la ley organica del trabajo. no procedio mi reclamo. quisiera me asesorara. gracias
ResponderEliminarbuenas tardes yo estoy de reposo x un accidente no ocupacional.Ahora mi pregunta es ¿ese tiempo que este de reposo pierdo la cesta ticket?
ResponderEliminarNo la empresa esta obligada a cancelar el bono alimenticio
Eliminarbuenas tardes yo estoy de reposo x un accidente no ocupacional.Ahora mi pregunta es ¿ese tiempo que este de reposo pierdo la cesta ticket?
ResponderEliminarsoy bomberos y quisiera saber si mis superiores se pueden tomar la atribucion de hacernos pasar el reposo en el comando
ResponderEliminarBuenas noches estuve de reposo por 42 días resulta que aun con mis reposo validados la empresa pagaba completo el sueldo.. Ahora que me reincorporo no me pagan nada alegando que se están descontando lo que le corresponde pagarme el seguro . pero ellos no me dieron la documentación necesaria para tramitar los pagos en el ivss que debo hacer
ResponderEliminarBuenas noches estuve de reposo por 42 días resulta que aun con mis reposo validados la empresa pagaba completo el sueldo.. Ahora que me reincorporo no me pagan nada alegando que se están descontando lo que le corresponde pagarme el seguro . pero ellos no me dieron la documentación necesaria para tramitar los pagos en el ivss que debo hacer
ResponderEliminarBuen día. Como seria el pago de un empleado que esta de reposo medico por mas de seis meses?
ResponderEliminarcon respecto al pago de sus utilidades??
en mi caso como queda siendo una empleada publica dejaron de cancelarme en el proceso de la evaluacion de la incapacidad (14-08) y ni las bonificaciones correspondiente del año 2015 y ahora entro en la nomina de pensionados. Mi pregunta es ¿como estuve ese tiempo fuera de nomina en el aire o como? ni el estado, ni las gobernaciones ni alcaldia paralizan el pago solo la contraloria Municipal de Maracaibo desde hace 3 años aplicado por Flor Romero y al finalizar el año o el cierre cancelaban pero ahora este contralor interventor y la nueva directora de recursos humanos lo hace.
ResponderEliminarQuien me puede ayudar u orientarme como hacer que me cancelen
Hola, quisiera saber si el patrono por ley debe conceder permisos para asistir a consultas medicas en horario de trabajo. Ya que mi jefa obliga a asistir a estas consultas los dias sabados y no todos los especialistas trabajan ese dia. Gracias!
ResponderEliminarBuenas tardes quisiera saber si es verdad que el patrono no esta en obligación de pagar reposo pre y post y tampoco tickes xq según el artículo 72 y 73 lo ampara.
ResponderEliminarBuenos dias, que pasa cuando un trabajador se ausenta por 5 dias sin paticipar nada y cuando se presenta trae un reposo por tres dias y aparte de eso se agarro los 2 dias de descanso legal, pero el reposo no lo presento en las 72 horas que estipula la ley y alega que la ley lo ampara por que hay inamobilidad.... es legal que no se le cancele
ResponderEliminarbuenas tardes tengo un trabajador solicitando permiso de medio turno dos dias a la semana para cumplir terapias de su menor hija la cual es especial.
ResponderEliminarBuenas tardes, si el trabajador presenta un reposo por tres dias, justificando asi su falta al trabajo, la empresa esta obligada a cancelarlo. o se le puede descontar, y seria una falta juztificada para que no se califique como despido
ResponderEliminar¿Qué pasa si el empleador esta moroso con el Ivss? ¿Este debe cancelar el 100% del reposo?
ResponderEliminarhola es verdad que a hora el patrono no esta obligado a no pagar los tres dias de reposo
ResponderEliminarbuenos dias amiga en la empresa uno un accidente laboral el trabajador se callo... la empresa debe pagar el 100% o lo que dice el seguro social.
ResponderEliminarHa un trabajador el ivss le puede validar un reposo desde el mes de Diciembre del 2015 hasta el mes de marzo del 2016? solicitado dicho reposo o convalidado el 20 de abril del 2016 o tiene que convalidarlo en varios reposos? Gracias
ResponderEliminarBuenos dias mi madre tuvo un accidente y tuvo fractura de caderas no se puede mover ni valerse por si sola, que articulo me ampara por las faltar en el trabajo el medico me dio en permiso para el cuidado, y el patron me indica que eso es valido para el cuidado del hijo menor unicamente
ResponderEliminarhola quisiera saber estuve de reposo por 7 dias el primer dia de reposo envie el reposo por correo eso fue un miercoles el dia vienres lo valide en el seguro social y lo envie tambien por correo al llegar la quincena no me pagaron xq dicen q tenia q entregarlo a los 5 dias loentregue apenas me reintegre q fue el jueves de la siguiente semana eso es legal?
ResponderEliminarSoy pensionada del seguro social y aún trabajo, me dieron 21 días de reposo ¿Puede la empresa descontarme el 66,66% del salario?
ResponderEliminarsi amiga, por ley eso es lo correcto. Debes llevar el reposo con la planilla 14-02 para que te lo validen. El ticket de alimentacion no se descuenta. Saludos
Eliminarfui igualado al sueldo mínimo siendo un Profesional con mas de 25 años de experiencia y me pagan sueldo mínimo es legal?
ResponderEliminarrhernandez2457@gmail.com
fui igualado al sueldo mínimo siendo un Profesional con mas de 25 años de experiencia y me pagan sueldo mínimo es legal?
ResponderEliminarrhernandez2457@gmail.com
Buenas noches, tengo una empleada con 9 semanas de embarazo y en el mismo mes ha faltado 5 días consecutivos, luego ingresa a su jornada laboral al 6to día presentando un reposo por 3 días, siendo medico privado. Que debo hacer en ese caso. Puedo solicitar una calificación de despido?? XonaElectronic@gmail.com
ResponderEliminarMi pregunta es mi mama tuvo 21 días de reposo por una apendicitis, una vez terminado el reposo por circunstancias ajenas a su voluntad tuvo que solicitar reposo por 5 días mas, por razones de salud, ahora el patrono o jefe le plantea de que solo se le pagara tres días de reposo, es esto correcto? Quiero saber por que?
ResponderEliminarSi un trabajador llega con una suspensión de un dia o hasta 72 horas por un ambulatorio, la empresa esta obligada a cancelarle esos dias, sin que esta convalidado por el IVSS.?
ResponderEliminarTenemos a un empleado con casi dos años de reposo, la invalidez aun no le ha salido por el IVSs, le pagamos el 33,33% del sueldo minimo, además también se le paga los cesta tickets, la empresa ha entrado en sobrevivencia, se debe seguir pagando los cesta tickets a este señor? Agradecida de antemano. Gcias!
ResponderEliminarbuenas tardes, en caso que un trabajador sufrio un accidente en su dia de descanso la empresa esta obligada a pagarle las consultas de control mensual o esta obligada a enviarlo al servicio medico de la empresa? que obligacion tiene la empresa en estos casos
ResponderEliminarBuenas tardes quisiera saber como hacer trabajo en un cooperativa allí sufrí un accidente laboral el cual ya llevo dos meses de reposo mi contrato es d 6 meses y ya se m va acabar el contrato y ellos m quieren liquidar xq ya mi contrato se acaba esta semana y aun estoy de reposo pueden ellos liquidarle estando de reposo xaccidente laboral. Ellos dicen q ya están en quiebra y no trabajaron mas
ResponderEliminarhola tengo mas de un año de reposo por ser operada de la lumbar y tengo hernia en la cervical mas artrosis dentro de tres dia tengo la cita para la junta evaluadora del seguro social para incapacidad pero justamente hoy me depositaron dos meses de utilidades pero me las pagaron incompleta pueden ellos hacer eso
ResponderEliminarBuenos días, en el caso de una trabajadora que ya tiene más de 52 semanas de reposo, que recientemente le emitieron su certificado de incapacidad, cuando debe salir de nómina, el IVSS dice que no se puede sacar de nómina hasta que no comience a cobrar la pensión, que es dentro de 6 meses, como se hace, porque ya el IVSS no le emite reposo
ResponderEliminarHola buenas noches, el dia 12 y 13 me dieron reposo por dolores muy fuertes en la espalda, fueron dos por 24 horas, y lo lleve hoy 14 y no me los aceptaron porque según ellos tengo que entregarlo el mismo día que fue emitido y por causas del mismo dolor no podía salir. gracias de antemano
ResponderEliminarBuenas tardes estuve de reposo desde el 22 de noviembre hasta el 15 de diciembre de este año 2016 yo no tengo Seguros Social el Ultimo de noviembre me pagaron Bs. 9.400,00 y este 15 de Diciembre no me pagaron mi sueldo por que segun no tienen nada que pagarme. Asi mismo con los tickes de Alimentaciòn tambien me los desconto solo me pago Bs. 42.480 tengo casi los 9 años trabajando con esa persona Yo por mi cuenta pago cuando puedo lo del seguro para mi pensiòn SERA QUE ALGUIEN ME PUEDE DAR REPUESTA SI ESTO ES LEGAL GRACIAS ANTICIPADAS
ResponderEliminarHola buenos días, fui diagnosticada con cierta enfermedad y he tenido que faltar al trabajo, llevando los respectivos justificativos médicos, cuando es mi sorpresa que me descontaron de mi salario y del cesta ticket, eso es legal?
ResponderEliminarhola buenos dias, sali de reposo pre y post natal el dia 15/05/2016 y me reincorpore al trabajo el dia 14/11/2016 aun no he podido llevar los papeles al ivss para el reembolso de mi 77%, aun tengo chance de llevarlo???
ResponderEliminarBuenos dias, cuando una persona esta de reposo medico por 21 días, la empresa le debe seguir cancelando su salario completo? Gracias.
ResponderEliminarHola quiero información si la ley ampara algo reposo por esposo o esposa
ResponderEliminarbuenos tardes una pregunta que pasa si no e podido validar mi reposo ante el seguro social en el lapso de 72 horas por no poder movilizarme por el accidente laboral que tube
ResponderEliminarHola tengo una inquietud y me gustaría q me asesoraran en cuanto a esto: yo trabajo en una alcaldía y estoy de reposo x 21 días mi sueldo es de 23 bolívares mensual osea x debajo del sueldo mínimo y en la quincena del ultimo me depositaron 2000 alegando que el seguro me va pagar el resto pero pasa lo siguiente que la alcaldía esta morosa con el seguro social. que debo hacer..?
ResponderEliminarigual debes validar el reposo por IVSS e introducirlo para posterior pago, la empresa debe cancelar el 33,33 % de tu salario y el IVSS el resto, no esta de mas comentar la situación de mora de la empresa
Eliminarosea la alcaldía me pagara solo el 33,33% de mi salario y me esta descontando aproximadamente un estimado de 83,83% quien me paga eso..? yo he sido puntual en mis reposos yo los he conformado, es legal que me descuenten esa cantidad cuando no nos estanpagando mi sueldo completo
Eliminarigual debes realizar el tramite por IVSS, y ahí mismo te dan asesoramiento sobre tu situación,ya que si la institución esta morosa debe ponerse al día con elpago
Eliminard
ResponderEliminarBuenas tardes. Un empleado salió de reposo y cumplió sus 52 semanas. Cuando pensé que se incorporaría envió otro reposo. Me dicen que puede hacer 52 semanas mas, es verdad? Cómo debo proceder? gracias
ResponderEliminarPuedo suspenderle el sueldo a este empleado? si hay un aumento de sueldo también le toca?
EliminarEl reposo al exceder de 52 semanas, por evaluación de IVSS, emite un informe sobre la incapacidad para laborar, ya la empresa de acuerso a este informe puede tomar la desicion sobre si continua o no la relaCION laboral
Eliminarbuenas tardes un trabajador me entrego un reposo por 3 dias de una consulta privada, pero entrego el reposo en fotocopia, ya que el trabajador manifiesta que el documento original le corresponde a el. Esto es valido o se debe exigir que entregue el reposo medico en original ?
ResponderEliminardebería entregar el original,a menos que el lo necesite para otro tramite,sin embargo debería corroborar la copia, con el original,el deber ser,es validarlo en IVSS por parte del empleado
Eliminartengo ami hija hospitalizada la empresa tiene 1 año la empersa me paga esos dias de ausencia
ResponderEliminarllevando el justificativo
soy madre soltera
BUENOS DIAS, SI ASISTO A UNA CONSULTA MEDICA Y ESE DIA NO ASISTO AL TRABAJO ME LO DESCUENTAN O DEBEN CANCELARMELO CON EL JUSTIFICATIVO MEDICO?
ResponderEliminarbuenas, la empresa donde trabajo no quiere pagar seguro social en caso de que uno se enferme y aparte le descuentan los tickets que se puede hacer
ResponderEliminarbuenas las 72 horas q tengo para validar el recipe ante el seguro social son continuas o hábiles?
ResponderEliminarbuenos tarde tengo una duda yo estoy de reposo ya tengo 4 meses de reposo por accidente laboral, mi pregunta es si me pagan las utilidades completa ya que las utilidades me la pagan fraccionada
ResponderEliminarbuenos tarde tengo una duda yo estoy de reposo ya tengo 4 meses de reposo por accidente laboral, mi pregunta es si me pagan las utilidades completa ya que las utilidades me la pagan fraccionada
ResponderEliminarbuenos dias, disculpe duda que tengo, yo estuve 15 dias de reposo. combalide el reposo y todo. la empresa solo me pago el 33% y me dijo que el resto me lo paga el seguro. cuales son lo pasos para cobrar ese reposo y por donde y si lo pagan todo de una vez??
ResponderEliminarBuenos días. Si un trabajador lleva 2 meses de reposo y su último certificado del ivss dice q debía incorporarse hace 9 días y aún no lleva a la empresa el nuevo reposo. Es motivo de despido? O cese del pago de nómina?
ResponderEliminarBuenas tardes, si un trabajador que ha presentado reposo tras reposo, es visto constantemente en diversas actividades no inherentes a su salud durante los dias que deberia estar de reposo, hay algun articulo en alguna ley en el cual basarme para refutarle sus acciones al respecto?
ResponderEliminarBuenas tardes una pregunta,es legal que un trabajador presente un reposo,de tres dias luego trabaja y posteriormente tome los dos dias libres que corresponden a la semana en curso del reposo...porque la instutucion quiere que para poder librar debe trabajarlos continuos ????
ResponderEliminarBuenas tardes necesito de su valiosa ayuda hace un año sufri un accidente saliendo del trabajo me parti la mano durante el año me hicieron 2 operaciones hace 7 meses entre a trabajar desde q me fui de reposo hasta ahorita me han pagado menos de mi sueldd normal y de 3 a 3 meses me abonan el ℅ que me quitan en la quincena pero para nada igual me la quitan y ahorita me pagaron las utilidades y no me dieron completo solo la mitad dieron 3 bonos y no me dieron nada necesito que me ayuden
ResponderEliminarEspero una pronta respuesta